
El SEMPA (Servicio de Mediación Penal de Andalucía) es un servicio público de justicia restaurativa: ofrece a las partes de determinados procedimientos penales un espacio voluntario, confidencial y seguro para dialogar sobre el daño causado y explorar formas de reparación. No sustituye al proceso judicial ni obliga a alcanzar un acuerdo.
- Gratuito
- Voluntario
- Confidencial
- Imparcial
- Orientado a la reparación
Importante: violencia de género y sexual
La mediación no se aplica en delitos de violencia de género ni de violencia sexual: quedan excluidos por expresa previsión legal. Si es tu caso, el SAVA te acompaña.
Teléfonos: 016 (violencia de género, gratuito y sin rastro en la factura) · 112 (emergencias).
Para qué sirve
- Que la persona perjudicada pueda expresar el impacto del daño sufrido.
- Que la persona investigada o acusada pueda asumir responsabilidad cuando proceda.
- Buscar formas de reparación material, simbólica o relacional.
- Favorecer soluciones más comprensibles y participativas que reduzcan la litigiosidad.
Mediar no es perdonar, reconciliarse ni quitar importancia al delito: es una vía voluntaria para abordar el daño con garantías y sin renunciar a derechos.
Cómo se accede
Se accede por derivación judicial (juez o letrado/a de la Administración de Justicia), previo pronunciamiento del Ministerio Fiscal, o a propuesta del SAVA o del PIMA. No tienes que buscarlo por tu cuenta: las partes reciben información en una sesión informativa y deciden libremente si participan. Si buscas orientación previa, consulta dónde acudir.
¿Y si no hay acuerdo?
No pasa nada. El procedimiento judicial continúa por sus cauces. La mediación nunca debe vivirse como una obligación ni como una presión para aceptar una solución.
El SEMPA de Huelva, gestionado por ATENIN
ATENIN gestiona el SEMPA de Huelva desde su implantación en mayo de 2024, con un equipo de tres profesionales con formación específica en mediación y justicia restaurativa. El servicio recibe derivaciones judiciales de toda la provincia, celebra sesiones informativas con las partes y facilita acuerdos de mediación penal orientados a la reparación del daño.
Actualizaremos esta sección con los datos oficiales de actividad en cuanto contemos con la autorización de la Administración para publicarlos.
Más información sobre la mediación en la web de mediación de la Junta de Andalucía.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente la mediación penal?
Es un proceso en el que la persona que ha sufrido el delito y la persona acusada, de forma voluntaria y con la ayuda de un equipo mediador profesional, dialogan —directamente o por separado— para buscar una reparación del daño. Forma parte de la justicia restaurativa: no sustituye al juzgado, lo complementa.
¿Es voluntaria? ¿Tendré que verme con la otra persona?
Es voluntaria siempre, para las dos partes, y puedes abandonar el proceso en cualquier momento sin dar explicaciones y sin que te perjudique.
El encuentro cara a cara solo se produce si ambas partes lo quieren y el equipo mediador lo considera adecuado. La mediación también puede hacerse de forma indirecta, sin coincidir nunca en la misma sala.
¿Qué me aporta como víctima?
Un espacio seguro para ser escuchada, explicar el daño sufrido, hacer las preguntas que el juicio no suele responder y, si lo deseas, recibir una reparación que puede ser material (indemnización, restitución) o simbólica (reconocimiento de los hechos, petición de disculpas, compromisos concretos).
Muchas víctimas destacan que les ayuda a cerrar etapa y a reducir la ansiedad que genera el proceso judicial.
¿Qué efectos tiene para la persona acusada?
La reparación efectiva del daño puede valorarse como circunstancia atenuante (art. 21.5.ª del Código Penal) y el cumplimiento del acuerdo de mediación puede ser una de las condiciones de la suspensión de la pena (art. 84). Lo decide siempre el juzgado: la mediación no borra el delito ni garantiza un resultado.
¿Es confidencial?
Sí. El equipo mediador está sujeto a secreto profesional y lo que se dice en las sesiones no puede utilizarse como prueba en el procedimiento. Al juzgado solo se comunica si ha habido acuerdo o no y, en su caso, el contenido del acta de reparación.
¿Se detiene mi procedimiento judicial mientras tanto?
El procedimiento sigue su curso, salvo que el órgano judicial acuerde otra cosa. La mediación se desarrolla en paralelo y en plazos ajustados, precisamente para no retrasar la causa.
¿Qué casos pueden ir a mediación penal y cuáles no?
Los casos llegan por derivación del juzgado o la fiscalía, que valoran su idoneidad junto con el equipo mediador. La ley excluye expresamente la mediación en los casos de violencia de género y de violencia sexual, y en el resto se estudia caso a caso la voluntariedad, la seguridad y el equilibrio entre las partes.
¿Cuánto cuesta y cómo se accede?
Es gratuito: es un servicio público de la Junta de Andalucía. Se accede por derivación judicial; si crees que tu caso podría beneficiarse, puedes plantearlo a tu abogado o abogada, preguntarlo en el juzgado, o pedir orientación al SAVA o al PIMA.
Información institucional y normativa
Ver marco normativo y datos de gestión
El SEMPA se enmarca en la mediación penal intrajudicial, bajo los principios de voluntariedad, gratuidad, oficialidad y confidencialidad, con la finalidad de reparar el daño. La exclusión de la violencia de género y sexual es una previsión legal expresa. Se atiende a la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito (art. 15) y al artículo 84 del Código Penal; a la Guía Práctica de la Mediación Intrajudicial del Consejo General del Poder Judicial; a la Recomendación (2018)8 del Consejo de Europa sobre justicia restaurativa en materia penal; y a la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
ATENIN gestiona este servicio público por contrato con la Consejería competente en materia de Justicia de la Junta de Andalucía; la atención se presta en las sedes y teléfonos del propio servicio. Última revisión: julio de 2026.